Entras a vivir en un piso de alquiler y lo primero que piensas es cuántas copias de la llave andarán por ahí. O se rompe la cerradura y no sabes si te toca pagarla a ti o al propietario. Son dudas muy habituales, y la respuesta tiene una parte práctica y otra legal.

La parte legal está en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que regula los alquileres de vivienda en toda España, también en Cataluña. La parte práctica es la que evita discusiones: avisar, dejar constancia y hacer las cosas de forma que al final del contrato nadie tenga nada que reclamar.

Soy Álex, de Cerrajería Bages, y en Manresa y el Bages cambio bombines tanto a inquilinos como a propietarios. En esta guía te explico lo que suele plantearse en estos casos, qué dice la ley y cómo hacerlo bien. No es asesoramiento jurídico: si tienes un conflicto, revisa tu contrato y consulta con un profesional.

Si quieres cambiarlo ya, aquí tienes el cambio de bombín en Manresa, con factura y precio explicado antes de ir.

7 dudas sobre la cerradura en un piso de alquiler

1. ¿Puede el inquilino cambiar el bombín?

Cambiar el bombín no modifica la vivienda: se sustituye una pieza por otra igual en tamaño, sin obras. Por eso es algo que muchos inquilinos hacen al entrar a vivir. Aun así, lo más prudente es comunicárselo al propietario por escrito y guardar el bombín original para poder reponerlo al final del contrato si así se acuerda.

2. ¿Y cambiar la cerradura entera?

Es distinto. Cambiar la cerradura puede implicar tocar la puerta, hacer agujeros o cambiar el tipo de mecanismo. La ley exige el consentimiento escrito del arrendador para las obras que modifiquen la vivienda o sus accesorios, así que para cambiar la cerradura completa conviene pedir permiso antes.

3. ¿Quién paga si la cerradura se rompe?

Depende de la causa. La ley pone a cargo del propietario las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones, salvo que el daño sea imputable al inquilino. Y pone a cargo del inquilino las pequeñas reparaciones que exige el desgaste por el uso ordinario. Un bombín que se estropea por antigüedad no es lo mismo que una llave rota por forzarla.

4. ¿Puede el propietario quedarse con una copia de la llave?

Puede tener una copia, pero eso no le da derecho a entrar cuando quiera. La vivienda alquilada es el domicilio del inquilino, y la Constitución protege su inviolabilidad: no se puede entrar sin su consentimiento, salvo resolución judicial o flagrante delito.

5. ¿Qué pasa si la cerradura no es segura al entrar a vivir?

Si la puerta no cierra bien o la cerradura no funciona, es un problema de conservación de la vivienda y hay que comunicarlo al propietario. Si lo que quieres es subir el nivel de seguridad por tu cuenta, lo normal es que ese cambio lo pagues tú.

6. ¿Qué hago con la cerradura al acabar el contrato?

Lo más limpio es devolver la vivienda como la recibiste: o reponer el bombín original, o dejar el nuevo con todas sus llaves. Si el bombín nuevo es de seguridad con tarjeta de propiedad, entrega también la tarjeta. Acordarlo por escrito evita problemas con la fianza.

7. ¿Y si el propietario no arregla una cerradura rota?

La ley permite al inquilino, previa comunicación al arrendador, hacer las reparaciones urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave y exigir después su importe. Una puerta que no cierra suele encajar en ese supuesto. Guarda la comunicación, las fotos y la factura.

Qué dice la ley

La norma de referencia es la Ley de Arrendamientos Urbanos. Estos son los artículos que más importan para la cerradura.

Artículo 21, conservación de la vivienda. El arrendador debe hacer las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, sin subir la renta, salvo que el deterioro sea imputable al inquilino. El inquilino debe comunicar esas necesidades cuanto antes, puede hacer las urgentes previa comunicación y reclamar su importe, y paga las pequeñas reparaciones por desgaste del uso ordinario.

Artículo 23, obras del arrendatario. El inquilino no puede hacer, sin consentimiento escrito del arrendador, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de sus accesorios, y en ningún caso obras que reduzcan su seguridad.

La inviolabilidad del domicilio. El artículo 18.2 de la Constitución establece que ninguna entrada en el domicilio puede hacerse sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo flagrante delito. En un piso alquilado, el titular de ese domicilio es el inquilino.

Tu contrato puede concretar algunas de estas cuestiones, así que léelo antes de hacer nada.

¿Acabas de entrar a vivir y quieres cambiar el bombín?
Llama a Álex al 617 426 938. Te dice el precio por teléfono antes de salir, y si no te encaja no pasa nada.

5 errores con la cerradura en un piso de alquiler

1. Cambiar la cerradura entera sin permiso

Si implica tocar la puerta, puede considerarse una obra no consentida. Pide permiso por escrito antes y evitarás problemas al final del contrato.

2. No avisar al propietario de una avería

Si la cerradura falla y no lo comunicas, luego es difícil reclamar que la pague él. Avisa por escrito y adjunta fotos.

3. Tirar el bombín original

Si al final del contrato hay que reponerlo y ya no lo tienes, tocará comprar otro. Guárdalo en una bolsa con su llave.

4. Quedarte con copias al irte

Al acabar el contrato, entrega todas las llaves que tengas, también las copias. Es lo que se espera y lo que evita cualquier sospecha si luego pasa algo.

5. No pedir factura

La factura acredita qué se cambió, cuándo y cuánto costó. La necesitas para reclamar un gasto al propietario o para justificar el cambio. La OCU recuerda que tienes derecho a recibirla.

Si eres el propietario

Cuando cambia el inquilino, cambiar el bombín entre un contrato y otro es la forma más sencilla de proteger al nuevo. No sabes cuántas copias hizo el anterior ni a quién se las dejó, y un problema de seguridad acaba siendo también un problema tuyo.

Entrega al nuevo inquilino todas las llaves que tengas, y si te quedas con una copia, díselo claramente y déjalo por escrito. Recuerda que tener la llave no te permite entrar sin su permiso.

Si el inquilino te comunica que la cerradura no funciona, atiéndelo cuanto antes. Una puerta que no cierra afecta a la habitabilidad de la vivienda, y la ley permite al inquilino resolverla por su cuenta si es urgente y reclamarte el coste.

Cómo comunicar el cambio por escrito

La mayoría de conflictos por la cerradura de un piso de alquiler no vienen del cambio en sí, sino de que nadie lo dejó por escrito. Un mensaje breve, enviado antes de hacer el cambio, resuelve casi todas las dudas que pueden aparecer después.

No hace falta un documento formal. Sirve un correo electrónico o un mensaje por la vía que uséis habitualmente con el propietario o la inmobiliaria, siempre que quede guardado. Lo importante es que diga cuatro cosas: qué vas a cambiar, cuándo, por qué y qué harás con la pieza original.

Un ejemplo sencillo: «Hola, te escribo para avisarte de que el día 10 voy a cambiar el bombín de la puerta de entrada por seguridad, porque no sé cuántas copias de la llave hay. No se hace ninguna obra en la puerta. Guardo el bombín original con su llave para reponerlo al final del contrato si lo prefieres. Si quieres una copia de la llave nueva, dímelo».

Si lo que vas a cambiar es la cerradura completa, el mensaje tiene que ser una petición de permiso, no un aviso, y conviene esperar a tener la respuesta por escrito antes de hacer nada.

Guarda también la factura del cerrajero, las fotos de la puerta antes y después y, si hubo una avería, la comunicación en la que avisaste de ella. Con esos tres documentos, al final del contrato cualquier duda sobre la cerradura se resuelve en un minuto.

Servicios relacionados de Cerrajería Bages

Si quieres llevar esta guía a un servicio concreto, estas son las páginas que mejor encajan:

1. Cambio de bombín en Manresa: para cambiar el bombín al entrar a vivir o entre inquilinos.

2. Bombín de alta seguridad: con tarjeta de propiedad, para controlar quién puede hacer copias.

3. Copia de llaves en Manresa: para tener las copias justas y saber dónde están.

Álex y los pisos de alquiler en Manresa

Cuando me llama un inquilino para cambiar el bombín, le recomiendo avisar antes al propietario y le entrego el bombín viejo con su llave, para que pueda reponerlo al final si hace falta. Siempre doy factura con el detalle del cambio.

Con los propietarios, lo más habitual es cambiar el bombín entre un inquilino y otro. Si el piso tiene varias puertas, como la del portal o el trastero, les explico qué se puede igualar y qué no, para que el nuevo inquilino no acabe con un llavero enorme.

Trabajo en Manresa, Sant Joan de Vilatorrada, Sant Fruitós de Bages y el resto del Bages. Puedes llamarme directamente y te digo el precio antes de ir.

Este artículo también está disponible en catalán: llegir la versió en català.

Preguntas frecuentes sobre la cerradura en un piso de alquiler

¿Tengo que pedir permiso para cambiar el bombín?

Cambiar solo el bombín no es una obra, pero lo recomendable es comunicarlo al propietario por escrito y guardar el original. Para cambiar la cerradura completa, conviene pedir su consentimiento antes.

¿Debo dar una copia de la llave nueva al propietario?

No hay una obligación general de hacerlo durante el contrato, pero depende de lo que diga tu contrato y de lo que acordéis. Al final del contrato sí debes entregar todas las llaves.

¿Puedo descontar el cambio de la cerradura del alquiler?

No conviene descontarlo por tu cuenta. Si se trata de una reparación urgente que corresponde al propietario, comunícaselo, guarda la factura y reclámale el importe. Un descuento unilateral de la renta puede generar un conflicto.

¿Quién paga un bombín que se ha roto por el uso?

Si es una pequeña reparación por desgaste del uso ordinario, la ley la pone a cargo del inquilino. Si la cerradura falla por antigüedad o impide cerrar la vivienda, suele tratarse de conservación a cargo del propietario. Cada caso concreto puede tener matices.

¿Qué hago con el bombín antiguo?

Guárdalo con su llave. Al final del contrato podrás reponerlo o, si lo acordáis, dejar el nuevo con todas sus llaves.

¿Puede el propietario entrar en el piso si tiene llave?

No sin tu consentimiento. La vivienda alquilada es tu domicilio y está protegida por la Constitución. Solo se puede entrar con tu permiso, con resolución judicial o en caso de flagrante delito.